viernes, 18 de septiembre de 2009

A ESTO SE LE LLAMA COACCIÓN

El Ejecutivo presiona para que el Consejo de Estado apoye su reforma proabortista.
Más de 40 colectivos cívicos que apoyan la convocatoria de la gran Manifestación por la Vida del 17-O piden pese a ello que prime la defensa del primer derecho humano.
REDACCIÓN HO.- La Comisión Permanente del Consejo de Estado se reunirá hoy jueves para analizar la reforma de la Ley del Aborto. Aunque su informe no es vinculante, tras los serios reveses cosechados hasta el momento -oposición del Consejo Fiscal que intentó ocultar; la importante oposición registrada en el Congreso; el rechazo suscitado en el CGPJ, organismo que no consiguió llegar a un acuerdo y no emitió, por primera vez en su historia, ningún informe al respecto; sondeos que evidencian el rechazo social al aborto; el rechazo de la comunidad científica; críticas desde destacados dirigentes socialistas a la reforma...- el Gobierno desea un informe favorable para conseguir algún apoyo que justifique de algún modo que siga adelante con la reforma. De hecho, según ha trascendido por fuentes del Ministerio de Igualdad, el deseo es levar el anteproyecto al Consejo de Ministros de este mismo viernes o al de la semana próxima.
Por ello, según informa la COPE citando a fuentes del Ministerio de Igualdad, desde el Ejecutivo se presiona para conseguir un informe favorable a la Ley.
El anteproyecto fue dirigido a la Sección Tercera del Consejo de Estado, dirigida por Miguel Rodríguez de Miñón, ponente del informe. El dictamen preceptivo del Consejo es el último trámite que debe pasar el anteproyecto, antes de que el Ejecutivo lo apruebe en el Consejo de Ministros y de que comience así su tramitación parlamentaria.
La sociedad pide coherencia con la defensa de los derechos humanos
Más de 40 colectivos cívicos que apoyan la convocatoria de la gran Manifestación por la Vida del 17-O en Madrid piden pese a ello que prime la defensa del primer derecho humano.
En este sentido el presidente del Instituto de Política Familiar (IPF), Eduardo Hertfelder de Aldecoa, confía en que el Consejo de Estado no apruebe el proyecto del Gobierno sobre el aborto y deje claro que "abortar nunca puede ser considerado un derecho", ya que "pisotea los derechos de la persona". En declaraciones a Europa Press, Hertfelder de Aldecoa considera que si el Consejo de Estado aprueba el informe "estaría siendo cómplice del Gobierno en el pisoteo de los derechos del niño y de la madre que se ve abocada al aborto por falta de ayudas".
En este sentido, también espera que el dictamen del Consejo de Estado no permita el aborto libre hasta una determinada semana de gestación, porque es "inadmisible eliminar la vida de una persona, tal y como pretende el Gobierno".
Bebés Aído para los consejeros
También la iniciativa ‘bebé-Aído’ ha querido estar presente en las deliberaciones y ha remitido una réplica exacta de un bebé de 12 semanas de gestación a los ocho miembros de la Comisión Permanente: Fernando Ledesma Bartret, Landelino Lavilla Alsina, Enrique Alonso García, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, José Luis Manzanares Samaniego, Antonio Sánchez del Corral y del Río, Miguel Vizcaíno Márquez y Miguel Rodríguez-Piñeiro y Bravo-Ferrer.
“Queremos que los consejeros puedan tener en sus manos la evidencia de la humanidad de 12 semanas de gestación: sonríe, sufre, duerme cuando la madre duerme, se despierta con su madre, etc”, señala la portavoz de la iniciativa ‘bebé-Aído’, Fátima Navarro-Rubio.
Navarro-Rubio espera que el Consejo de Estado resuelva a favor del ‘nasciturus’, actuando en defensa de la vida humana que no puede defenderse por si misma. Además, Navarro recuerda que la doctrina del Tribunal Constitucional es clara a la hora de reconocer al ‘nasciturus’ como un “bien jurídico protegible”. Por lo tanto, señala la portavoz de ‘Bebé-Aído’ “no cabe que un bien jurídico protegible quede absolutamente desprotegido en sus primeras 14 semanas”.

Nadie duda de que el feto de 14 semanas es humano. Ahora bien, no tiene ninguna de las propiedades que caracterizan a una persona, en sentido ético. Con ello no quiero decir que no estemos obligados a proteger su vida, es decir, no quiero decir que sea moral acabar con su vida ne cualquier circunstancia. Se trata de una vida, de una vida de nuestra especie, y existe una obligación moral de preservar toda vida, especialmente la de los neustros.
Pero hay circunstancias, todos estamos de acuerdo en ello, en que es permisible arrebatar una vida. Por supuesto, la lista de estas circunstancias es más reducida cuanto más estricto sea nuestro deber de proteger esa vida. Así, la tenemos el deber de proteger la fauna y la flora, pero hay muchas circunstancias en que podemos destruir la vida animal y vegetal si incurrir en incorrección moral: para el sustento propio, para la construcción, para la medicina, etc.
Tenemos el deber de proteger la vida de las personas, pero hay circunstancias en las que tenemos permiso moral para acabar con ellas: legítima defensa, en el contexto de una guerra justa, el estado de necesidad.
Creo que el deber de proteger la vida humana no personal (la del nasciturus) es mucho más exigente que el referente a cualquier otra vida, pero menos que el deber de protección referente a la vida humana personal. Creo que está mal matar al nasciturus por un motivo baladí, pero creo que hay motivos que justifican tal acción.
También creo que en un período tan temprano como las 14 semanas, el Estado debe dejar que la mujer embarazada sea quien decida si su razón para abortar es de peso o no.

Cohen ¿cómo que nadie duda que un feto de 14 semanas es un ser humano?La propia ministra, la encargada de desarrollar la nueva ley feticida, no sólo lo duda sino que afirma lo contrario, diciendo que no existen evidencias científicas que aseguren que un feto humano es un ser humano.
Si hablas del sentido ético de la persona, no es posible separar ser humano y persona,(otra cosa será desde el sentido del derecho civil). Desde la ética podemos reconocer que no existen personas que no sean seres humanos y a su vez que no existen seres humanos que no sean personas.
La persona va cambiando a lo largo de toda su vida personal, sin que en ningún momento, desde que empieza su vida con la concepción hasta que acaba con la muerte, deje de ser persona y la misma persona única e irrepetible.
Si sólo considerásemos personas a los seres humanos que están dotados de unas determinadas características con independencia de la condición humana que las iguala, no podríamos considerar que una persona es tal salvo en la fase de su vida adulta , madura y en plenitud de facultades.Lo cual, desde el punto de vista ético es discriminatorio y por tanto inaceptable.
Si se trata de establecer como norma las circunstancias en que se puede o debe matar a otro, no se puede apelar a la ética. Puesto que la ética establece que no es legítimo matar a nadie en ninguna circunstancia. Otra cosa será la justicia y el derecho positivo contemplen eximentes sobre la norma ética, que no pueden ser convertidos en norma por la sencilla razón , a pesar de lo que tu afirmas, de que no todos estaremos de acuerdo.
En lo que estaremos de acuerdo es que lo que iguala a toda persona, es decir a todo ser humano, es precisamente su condición de ser vivo perteneciente a la especie humana y por tanto que la vida humana debe ser protegida y respetada, y sobre esa base es sobre la que se puede construir ética y políticamente.
La norma ética, justa y humana es siempre la de proteger la vida,y especialmente la de los más desfavorecidos, como bien más preciado y primer derecho fundamental de la persona humana.
Matar a un nasciturus es un crimen abominable , no solo porque supone privar a esa persona de la capacidad de vivir en plelnitud durante unos 85 años de vida, sino porque esa privación se establece ,de forma arbitraria, sobre un inocente que no ha agredido a nadie que además está indefenso.
Un embrión u un feto humano no es algo, es alguien y ni siquiera que pueda estar enfermo o presenta alguna discapacidad puede justificar que se le mate antes de que la muerte natural le sobrevenga.
Un Estado que se precie de justo y atender a la ética debe observar estas verdades, de lo contrario caerá en la injusticia, en la falta de ética y de humanidad y, lo que es más grave, en el crimen. Porque un gobierno que dicta leyes criminales, automáticamente se convierte en un gobierno criminal.

Los Derechos del Niño se recogieron en La Convención de los Derechos del Niño de fecha 20 de noviembre de 1959, que se proclamaron como consecuencia de la anterior Declaración Universal de Derechos Humanos de fecha 10 de diciembre de 1958.
España, representada por el entonces Ministro de Asuntos Exteriores Abel Matutes Juan, los firmó con fecha 26 de enero de 1990 y ratificó el 6 de diciembre de 1990.
Por este motivo se publicó en el BOE de fecha 31 de diciembre de de 1990, el "Instrumento de Ratificación de 30 de noviembre de 1990 de la Convención de noviembre de 1959 sobre los Derechos del Niño adoptada por La Asamblea General de Las Naciones Unidas". Entró en vigor para España con fecha 5 de enero de 1991, y continua vigente.
Los principios y derechos recogidos en esta relevante y trascendente Convención, resultan otros firmes y sólidos argumentos en la defensa de los niños concebidos, y avalan que el proyecto de ley sobre el aborto que nos pretenden imponer no solo resulta anticonstitucional e injusto, sino que vulnera Los Tratados Internacionales.
Resulta un poco extenso, pero vale la pena pararse a leerlo.
En el Preámbulo de la Convención se reconoce expresamente que Las Naciones Unidas han proclamado y acordado en La Declaración Universal de Derechos Humanos y Pactos Internacionales de Derechos Humanos que "toda persona tiene los derechos y libertades enunciadas en ellos sin distinción alguna..........etc, por nacimiento o cualquier condición",
recordando que la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.
Añade : La necesidad de proporcionar al Niño una protección especial ha sido enunciada en la "Declaración de Ginebra de Derechos del Niño de 1924"; en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por La Asamblea General de 20
de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular en los artículos 23 y 24), y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en particular en el artículo 10).
Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño,"el niño por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento".
Ya dentro del contenido de la Convención y en su artículo 1, se recoge:
Para los efectos de la presente Convención "se entiende por Niño, todo ser humano" menor de 18 años, salvo que según la ley que le sea aplicable haya alcanzado la mayoría de edad.
En su artículo 2 se recoge:
Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a "cada Niño sin distinción alguna independientemente de los defectos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del Niño, de sus padres o de sus representantes legales".
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el Niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas, o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.
Si todavía hay alguien que no lo entienda, le recomiendo que lo lea dos veces.
Esta Convención fue suscrita, si no me equivoco en el recuento, por 134 países.
Los Tratados Internacionales resultan vinculantes para los Estados firmantes y de obligado cumplimiento, debiendo de adaptarse su contenido a la legislación de cada uno de los paises firmantes bajo sanción de ilegalidad.
El proyecto de ley sobre el aborto que nos pretenden imponer, vulnera flagrantemente Los Derechos del Niño y La Declaración Universal de Derechos Humanos. No protege en absoluto al Niño antes del nacimiento, sino que lo deja en un total desamparo.
Los Tratados y Convenios Internacionales se firman para cumplirse.
¿En caso contrario para que se crearon Las Naciones Unidas?.
Todas las leyes denominadas sibilinamente de interrupción del embarazo, vulneran los Tratados Internacionales y Los Derechos del Niño.
Al Niño no está permitido discriminarle antes del nacimiento, y tiene derecho a protección legal, "A LA VIDA".

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